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viernes, 22 de mayo de 2020

VIH, discriminación y derechos. Guía para personas que viven con el VIH.

Esta guía está dirigida a las personas que viven con el VIH, y su contenido se centra en el estigma, la discriminación y los derechos.

Resulta cuando menos paradójico que, después de tantos años de saber qué es el sida y cómo se transmite el virus que lo causa, las personas con el VIH deban a menudo ocultar su estado si no quieren arriesgarse a verse privadas de los mismos derechos que disfruta el resto de la ciudanía, a ser excluidas de la sociedad o, incluso, marginadas por los seres queridos.
La discriminación hacia la personas con el VIH supone una vulneración de los derechos humanos y, por tanto, cuestiona los cimientos de cualquier sociedad democrática, pero además, como ha reconocido ONUSIDA, obstaculiza de raíz cualquier esfuerzo en materia de prevención para contener la propagación de la enfermedad.
En esta guía se explica qué problemas de estigma y discrimnación sufren las personas con VIH; cuáles son las actitudes de la población hacia la personas con el VIH; de qué manera
puedes afrontar y abordar el estigma y la discriminación; y cuáles son tus derechos legales en los diferentes ámbitos y qué puedes hacer en caso de vulneración de los mismos.
En la redacción de esta guía han participado profesionales con y sin el VIH, los/as cuales poseen una larga trayectoria en la defensa y la promoción de los derechos de las personas
afectadas por esta enfermedad.
La información contenida es complementaria a la ofrecida por los servicios de consultoría legal y puede resultarte muy útil en caso de que necesites el asesoramiento de un/a profesional de la abogacía.

Créditos

Edición: Coordinadora Estatal de VIH y sida (CESIDA) y Grupo de Trabajo sobre Tratamientos del VIH (gTt-VIH)
Editores/as: Ana Koerting (CESIDA) y Juanse Hernández (gTt-VIH).
Equipo de redacción: Ana Koerting (CESIDA), Juanse Hernández (gTt-VIH), Diego Valor (CESIDA), Miguel Ángel Ramiro, Paulina Ramírez y Ricardo Escudero (Universidad de Alcalá)
Grafismo:Mires estudi de comunicació, SL
Con el patrocinio de Janssen:
Janssen ha colaborado con este proyecto, pero no ha tenido ningún control editorial sobre el contenido de los materiales.
Agradecimientos:
Esta guía es una adaptación de HIV, stigma & discrimination de la organización británica NAM/AIDSMAP, a quien agradecemos la autorización para utilizar su material.
Damos las gracias a Miguel Ángel Ramiro y Paulina Ramírez, de la Universidad de Alcalá, por la redacción de los capítulos ‘Criminalización de la transmisión sexual del VIH’ y ‘Revelación de datos de salud’; y a Diego Valor, de CESIDA, por el capítulo ‘El VIH y los medios de comunicación’.
También agradecemos a Carmen Pérez-Sauquillo y José Zamyr Vega, de la Universidad de Alcalá, por la revisión y aportaciones al capítulo ‘Criminalización de la transmisión sexual del VIH’, y a Ricardo Escudero, de la Universidad de Alcalá, y a Julio Gómez, de la Coordinadora
Trabajando en Positivo, por la revisión y comentarios en la sección ‘Discriminación y derechos en el ámbito laboral’. La colaboración y las sugerencias de todas estas personas han contribuido a mejorar esta guía.
Descargo de responsabilidad:
La información contenida en esta guía no pretende sustituir la proporcionada por personas expertas en temas legales. Las decisiones sobre temas legales deberían tomarse tras consultar con un/a abogado/a.
Publicado en Barcelona en octubre de 2015

Publicaciones para descargar

domingo, 19 de abril de 2020

INFOVIHTAL ESPECIAL 2020: VIH, COVID-19 Y CUIDADOS INTENSIVOS.

Gracias al tratamiento antirretroviral, las personas con el VIH tienen una supervivencia similar a la de la población general. Excluirlas del acceso a determinados recursos asistenciales o a determinados tratamientos durante la pandemia de la COVID-19, por su estado serológico o cualquier otra consideración, sería una discriminación contraria a cualquier estado de derecho. En esta ficha encontrarás información relevante al respecto.

miércoles, 20 de mayo de 2009

Asesoría jurídica, Apoyo positivo.

En la empresa que trabajo van a realizar una revisión médica que incluye analítica de sangre y estoy preocupado.

Las empresas están obligadas a ofrecer una revisión médica anual a sus empleados. Estos pueden voluntariamente realizar esta revisión o comunicar que no desean realizarsela . También podemos facilitarle una analítica si disponemos de una reciente.La revisión incluye una analítica convencional. La prueba específica de VIH NO PUEDE REALIZARSE sin el consentimiento informado del paciente, es ilegal.La revisión previa a la firma del contrato si es obligatoria y obviamente tampoco puede realizarse la prueba de VIH.Las mutuas están sujetas al secreto médico-paciente y la confidencialidad de los datos y no pueden facilitar datos médicos personales a la empresa (salvo a los servicios médicos, sujetos a su vez a la confidencialidad). Se deben limitar a informar sobre si la persona es apta o no para el puesto desde un punto de vista médico.Si observas mala práxis, por favor ponte en contacto con nuestra asesoría para ayudarnos a denunciarlo.

¿Qué debo hacer si no he recibido una atención médica adecuada?

Si se trata de un centro privado:
- Presentar una queja por escrito al responsable del centro y al médico o enfermera causante del daño.
- Si no se queda conforme con la respuesta, se puede rellenar una hoja oficial de reclamaciones.

Si se trata de un centro público:

- Atención Primaria: rellenar una hoja de reclamaciones en el Centro de Salud o dirigirse a la inspección medica del centro.
- Centro hospitalario: reclamación ante el servicio de Atención al Paciente del Hospital, así como ante la gerencia del centro hospitalario.
Consejos:
- Pedir copias fechadas y selladas de todos los escritos y reclamaciones presentados.
- Recopilar y guardar toda la información posible del paciente: La historia clínica, los informes efectuados, opinión de otros profesionales, fotografías o vídeos del trato recibido...

¿Cómo puedo acceder a una pensión de invalidez si no he cotizado en la Seguridad Social durante el tiempo legalmente exigido?

Para solicitar una pensión no contributiva el usuario ha de cumplir los siguientes requisitos:
1.- Carecer de ingresos suficientes:
Se está en esta situación si las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual para 2008, son inferiores a 4.598,16 € anuales. No obstante si el usuario convive con parientes, esta cantidad puede variar dependiendo del número de parientes y del grado de parentesco que se tenga con éstos.
2.- Tener entre 18 (inclusive) y sesenta y cinco años.
3.- Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
4.- Tener un grado de minusvalía igual o superior al 65%. Para determinar dicho grado de minusvalía será muy conveniente aportar los oportunos informes médicos, tanto físicos como psíquicos.
Para ello es importante siempre que se vaya al médico, recopilar toda la información médica y diagnóstica por escrito que será muy útil a la hora de realizar la solicitud y a la hora de facilitar la concesión de la misma.
El derecho a percibir una pensión no contributiva es tramitado y gestionado por los organismos de servicios sociales que son designados por las Comunidades Autónomas. En la Comunidad de Madrid el organismo encargado es la Dirección General de Servicios sociales que está en la calle c/ Alcalá, 63, c/v P. Muñoz Seca, 2. Sin embargo, la solicitud de la pensión se puede realizar en cualquier organismo dependiente de la Tesorería General de la Seguridad Social, donde también se pueden obtener los formularios necesarios para su solicitud.
La cuantía de las pensiones no contributivas está fijada en 4.598,16 € íntegros anuales, que se abonan en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año.
Los pensionistas no contributivas de invalidez cuyo grado de minusvalía/discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán además un complemento del 50% de los 4.598,16 € anuales, fijado en 2.299,08 € anuales.

Fuente: http://www.apoyopositivo.org/

SAL DE DUDAS.

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