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viernes, 11 de junio de 2010

Interrupción voluntaria del embarazo.

La legislación española (Ley Orgánica 9/1985, de 5 de julio. Artículo 417 bis del Código Penal) permite interrumpir el embarazo tanto en el caso que sea necesario para evitar un grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada como cuando se presuma que el feto nacerá con graves taras físicas o psíquicas.
En nuestro país, las pacientes infectadas por el VIH, que lo deseen, pueden acogerse a este último supuesto legal para interrumpir su embarazo dado el riesgo existente de transmisión del virus al neonato.
La utilización de los nuevos tratamientos antirretrovirales y las diferentes medidas preventivas respecto a la TV del virus consiguen alcanzar tasas de transmisión del VIH inferiores al 2%. Sin embargo, el no poder asegurar la transmisión cero permite la interrupción legal del embarazo en dichas gestantes, a pesar de que algunos autores empiezan a cuestionar la indicación de aborto terapéutico en las pacientes seropositivas, debido a la baja tasa de TV y al mejor pronóstico de la infección pediátrica en caso de producirse ésta.
Actualmente, el supuesto referido a la posibilidad de empeoramiento de la enfermedad en la madre debido a la gestación no permanecería contemplado pues en
diferentes estudios prospectivos de cohortes se ha puesto en evidencia que el embarazo no empeora la progresión de la enfermedad.
En un estudio realizado en Estados Unidos entre pacientes gestantes UDVP, se observó que el 50% de las pacientes seropositivas decidió interrumpir su embarazo frente al 44% de las seronegativas. Al analizar los motivos fundamentales que les condujeron a tomar una decisión u otra no se encontró el posible riesgo de transmisión del virus a sus hijos sino el deseo emocional de seguir adelante con la gestación o no y la presión familiar a este respecto.
En resumen, toda gestante infectada por el HIV debe ser informada cuidadosamente de los riesgos y medidas preventivas adecuadas para evitar la transmisión del virus a su hijo, de la eficacia de las mismas y del buen pronóstico, en general, del embarazo pero, en definitiva, debe ser ella misma quien tome la última decisión sobre continuar o no con el embarazo.
Fuente: GESIDA

http://www.gesida.seimc.org/index.asp

1 comentario:

BRILLI-BRILLI dijo...

Muy buena información,espero que llegue a todas las mujeres.

Besos

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